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Antipiratería en México: Leyes y Consecuencias

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La piratería en México representa un desafío persistente para la protección de los

derechos de autor y la propiedad industrial. Este fenómeno afecta tanto a

creadores como a la economía nacional. El gobierno mexicano ha adoptado

diversas estrategias legales para combatirla, amparándose en la Ley Federal del

Derecho de Autor (LFDA), el Código Penal Federal y la Ley de la Propiedad

Industrial.

¿Qué se considera piratería en México?

De acuerdo con el Artículo 231 de la Ley Federal del Derecho de Autor, se considera

infracción en materia de comercio:

“Editar, vender o reproducir por cualquier medio una obra protegida por derechos de autor sin

la autorización correspondiente.”

Asimismo, el Artículo 229 establece que también constituye infracción la comunicación

pública, distribución, importación o almacenamiento de obras protegidas sin autorización.

Consecuencias legales de la piratería

La piratería no es un delito menor. El Código Penal Federal contempla sanciones

penales severas para quienes cometen actos de piratería, especialmente en gran

escala. Por ejemplo:

  • Artículo 424 Bis del Código Penal Federal:

“Se impondrá prisión de seis meses a seis años y multa de 300 a 3,000 días de

salario mínimo a quien comercialice o distribuya productos protegidos por derechos de

autor o marca, sin autorización.

  • Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial – Artículo 402:

Protege marcas y envases registrados. Sanciona con prisión de 2 a 6 años y multas

de hasta 100,000 UMAs a quienes imiten, fabriquen o vendan productos con marcas

falsificadas.

  • Ley General de Salud – Artículos 373 y 376

Exige el registro sanitario o aviso de funcionamiento para la venta de suplementos

alimenticios. Su incumplimiento puede derivar en clausura del establecimiento,

decomiso de productos y sanciones económicas.

  • Ley Federal del Derecho de Autor – Artículo 231

Aplica también a etiquetas, diseños y presentaciones protegidas como obras

creativas. Su reproducción no autorizada constituye una infracción en materia de

comercio


 
 
 

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